Glosario

D

  • Debida Diligencia

    Resumidamente, es el deber que tiene cualquier asegurado de actuar en todo momento como si no lo estuviera; por lo que deberá tomar todas las medidas que estén a su alcance e incurrir en aquellos gastos que razonablemente pudieran ser necesarios para evitar o minimizar los daños al objeto

 

A C D E I N P R S